17-10-2019

Blockchain como tecnología complementaria

El término blockchain es, hoy en día, una realidad en ámbitos como el de las criptomonedas o los smart contracts. Este hecho, como cabía esperar con una tecnología tan disruptiva, ha provocado una reacción por parte del ámbito jurídico.

Este sistema de codificación es especialmente relevante para el sector legal, ya que transforma la manera de tratar la información a partir de una cadena de bloques que tiene como características principales:

(I) la transparencia, ya que cualquier tipo de transacción de información o de documentación es visible, aunque vinculadas a un código;

(II) la irrevocabilidad, debido a que una vez que la información se incorpora a una red de blockchain no es posible eliminarla porque la información es poseída por todos los usuarios de la red y

(III) la inmutabilidad, que es consecuencia del encadenamiento de bloques hace del contenido un núcleo inmutable en el que cualquier variación sería fácilmente detectado por el resto de usuarios.

Utilizar esta tecnología puede ser de gran utilidad en el ámbito jurídico, ya que en la mayoría de las ocasiones es necesario el almacenamiento de datos o el acceso a estos entre diferentes partes, haciendo hincapié en que no siempre es necesario que se conozcan o exista una confianza mutua.

¿Cómo afecta al ámbito jurídico?

En relación con las características anteriormente mencionadas, es evidente el potencial que puede tener la tecnología blockchain en las operaciones societarias a la hora de verificar el origen e identidad de los socios y del capital aportado, así como en el ámbito registral a la hora de crear un nuevo registro público o realizar la función del mismo, utilizando las ventajas que ofrece esta tecnología.

En un sistema legal como el español, donde muchas operaciones societarias están sometidas a intervención notarial y a la posterior calificación por parte de un Registrador Mercantil, la tecnología blockchain podría ser la herramienta complementaria para aportar seguridad en términos de integridad de la información, ya que de esta manera estaríamos sometiéndolo a un control de legalidad a través del notario y del Registro correspondiente. De esta manera, podríamos comenzar un desarrollo más ágil y seguro en la trasparencia del mercado, fundamental en la prevención del blanqueo de capitales.

Por otro lado, la tecnología blockchain también se ha presentado como una buena herramienta para agilizar la gestión y gobernanza de las organizaciones, por dotar a las votaciones electrónicas de mayor seguridad y transparencia en el proceso. La combinación de estas propiedades con sus utilidades en materia de gestión documental y los parámetros de la firma electrónica han conducido a que esta tecnología se presente como muy útil para la creación de un registro inalterable de la vida corporativa, como podría ser una plataforma digital de gestión societaria interna (control de libros, adopción de acuerdos sociales o del consejo, etc.).

Para terminar, hay que recalcar que estos avances no son capaces de sustituir el buen criterio profesional, sino que tienen que consistir en una herramienta complementaria que sea capaz de hacer más eficientes los distintos procesos que se dan en todos los ámbitos de aplicación de la tecnología blockchain, siempre que seamos capaces de corresponder con la necesaria regulación a fin de que no supongan un riesgo para la seguridad jurídica.

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